PROGRAMA MADRUGADORES
Horario: de 07:30 a 09:00 h. de lunes a viernes.
Para pagar realicen una transferencia al siguiente número de cuenta, indicando el alumno y el día, días o mes que vienen.
No paguen varios meses por adelantado, sólo se abona el mes en curso.
UNICAJA BANCO, S.A . (Sta. Clara, 18)
Cta. ES33 2103 4600 83 0033085230
Se trata de un servicio complementario, enmarcado en las lineas de apoyo a la familia y conciliación de la vida laboral.
El Programa «MADRUGADORES», consiste en la ampliación del horario de apertura, durante todos los días lectivos, de los centros docentes públicos en los que se implante el programa. El programa "Madrugadores" se desarrollará en el periodo anterior al inicio de las actividades docentes sin que su duración pueda ser superior a 90 minutos, no pudiendo comenzar antes de las 7:30 horas. Excepcionalmente se podrá ampliar el tiempo máximo de duración, a solicitud del centro docente, por causa debidamente justificada.
Para poder ser usuario de estos Programas, los padres o tutores deberán acreditar la necesidad de conciliar la vida familiar y laboral.
La necesidad de conciliar la vida familiar, escolar y laboral por los padres o tutores podrá estar motivada por cualquier causa que afecte a las familias y que requiera, para su satisfacción, la cobertura horaria que ofrecen los programas «Madrugadores» y «Tardes en el Cole».
Solicitud, en modelo normalizado, que se formalizará por los padres o tutores de los alumnos, y que se podrá recoger también en el centro educativo.
En la solicitud de participación en el programa deberán marcar la casilla correspondiente a la declaración de la necesidad de conciliar la vida familiar, escolar y laboral en el horario solicitado.
En el supuesto de usuarios HABITUALES:
1.- Para alumnos ya matriculados en el centro en el curso escolar anterior a aquel para el que se presenta la solicitud (CURSO 2017-2018: Del 17 de abril al 2 de mayo de 2017).
2.- Para alumnos de nueva matriculación en el centro en el curso escolar para el que se presenta la solicitud, en el momento en que formalicen la matrícula.
3.- Cuando la necesidad de conciliar la vida familiar, escolar y laboral sobrevenga en un momento posterior a los establecidos, en cualquier momento durante el curso escolar en que se vaya a hacer uso del programa.
En el supuesto de usuarios ESPORÁDICOS, con una antelación mínima de tres días lectivos a la fecha solicitada de asistencia.
*Solicitudes en centros en los que se IMPLANTA el programa para el curso escolar correspondiente: durante la primera semana lectiva del curso escolar.
La resolución se dictará en los siguientes plazos: